De conformidad con el código de conducta relativo a las inversiones de las entidades sin ánimo de lucro, aprobado en virtud de Acuerdo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, de 20 de febrero de 2019, los órganos de gobierno de las entidades sin ánimo de lucro deberán presentar un informe anual detallado y claro acerca del grado de cumplimiento de los principios y recomendaciones contenidos en el citado código de conducta. En el caso de las fundaciones, esta obligación recae sobre el patronato.
Dicho informe acompañará a la memoria de las cuentas anuales de cada ejercicio que se remitirán al Protectorado y se pondrá a disposición del público en general. En él se debe informar sobre el grado de cumplimiento del código de conducta, especificando qué operaciones realizadas se han separado, en su caso, de las recomendaciones contenidas en el mismo, y las razones que lo justifiquen.
Aunque la CNMV no ha aprobado ningún modelo de informe anual acerca del grado de cumplimiento requerido por el código de conducta, algunos protectorados, como el de Aragón, sí lo han hecho. A fin de facilitar el cumplimiento de esta obligación, las fundaciones incluidas en su ámbito de aplicación subjetivo pueden descargarse éste modelo orientativo.