El 24 de julio de 2024 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 708/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Estatuto de las personas cooperantes.
Así, para dar cumplimiento al mandato de la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, en el Estatuto de las personas cooperantes, se abordan aspectos sustanciales de su actividad, que se agrupan en las siguientes categorías:
- Los derechos y deberes específicos que les corresponden como personas cooperantes;
- La relación jurídica con la entidad promotora de cooperación internacional y obligaciones de estas entidades, incluido el régimen de excedencias y la formación de profesionales de la cooperación;
- El apoyo al retorno y certificación de labores realizadas;
- Aspectos relativos al seguro colectivo y al régimen público de protección social aplicable a las personas cooperantes, así como una disposición específica relativa a las indemnizaciones por muerte o daños físicos o psíquicos de las personas cooperantes, en desarrollo de la disposición final segunda de la Ley 1/2023, de 20 de febrero, que extiende a las personas cooperantes el régimen de indemnizaciones del Real Decreto-ley 8/2004, de 5 de noviembre, sobre indemnizaciones a los participantes en operaciones de paz y seguridad.
En este nuevo texto se amplía el marco de aplicación del Estatuto, con nuevas definiciones de persona cooperante, entidad promotora y de los países y territorios cubiertos. Estas definiciones actualizadas permiten una mayor claridad y adaptación a las realidades actuales de la cooperación internacional.
Además, entre las mejoras en los derechos de los cooperantes, se incluyen el reembolso de gastos de viaje y expatriación, retribuciones complementarias por vivienda y escolarización obligatoria, y la inclusión de un seguro médico. Además, se refuerzan las medidas dirigidas a la formación y el desarrollo de la carrera profesional, así como el apoyo a la reintegración en el retorno.
Con la entrada en vigor del Estatuto de las personas cooperantes, el pasado 25 de julio, queda derogado el Real Decreto 519/2006, de 28 de abril, por el que se establece el Estatuto de los cooperantes. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en este real decreto y en el Estatuto que se aprueba.